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Publicación de los resultados de la acción europea relativos a la atención del ejercicio del derecho de acceso por parte de los responsables del tratamiento

En el contexto de la acción europea coordinada que tiene como principal finalidad analizar cómo se da respuesta a las solicitudes de ejercicio del derecho de acceso por parte de los distintos responsables de tratamiento (tanto de entidades públicas como organizaciones privadas), la AEPD recibió los cuestionarios de 39 organizaciones “cuyos tratamientos afectan a 750.000 empleados de ambos sectores y a un total acumulado de alrededor de 140 millones de datos personales de ciudadanos, usuarios y clientes de estas entidades”, elaborando, en consecuencia, un informe que recoge el análisis de estos cuestionarios, así como un resumen con las conclusiones alcanzadas por la autoridad de control.

En relación con esta actuación, otras 25 autoridades de control también han elaborado este informe nacional, cuyos resultados agregados han sido incluidos y analizados en el informe elaborado por el EDPB, el cual permite una visión amplia y a nivel europeo de esta cuestión (en este sentido, una de las conclusiones alcanzadas es que los responsables con mayor tamaño y que reciben un número de solicitudes más elevado, tienen más probabilidad de alcanzar un mayor nivel de cumplimiento que las pequeñas empresas). 

Así, en este informe no sólo se han identificado una serie de retos o problemas (como, por ejemplo, la necesidad de “una mayor sensibilización sobre las Directrices 01/2022”, puesto que estas permiten que los responsables conozcan cómo dar respuesta al ejercicio del derecho de acceso; la falta de procedimientos internos que regulen cómo gestionar estas solicitudes; las interpretaciones excesivas de los límites del derecho que supone la denegación automática de determinadas solicitudes; o la existencia de excesivos requisitos formales para ejercer el derecho por los interesados), sino que también se facilita un listado de buenas prácticas o recomendaciones que pueden permitir que los responsables del tratamiento desarrollen e implementen procedimientos que garanticen la respuesta, de manera adecuada, a las solicitudes de ejercicio del derecho de acceso por parte de los distintos afectados (como, por ejemplo, la inclusión de formularios fáciles de usar que permitan presentar de manera sencilla las solicitudes).

Puede acceder al informe publicado por el organismo europeo aquí y a su anexo (informes emitidos por las distintas autoridades de control, entre los que se encuentra el informe de la AEPD) aquí. La acción coordinada que se llevará a cabo durante el año 2025 se centrará en la aplicación del derecho de supresión.

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