El EDPS y el EDPB han elaborado y publicado una carta conjunta dirigida a la Comisión Europea sobre la propuesta presentada sobre la simplificación de ciertos requisitos del RGPD en relación con el apartado quinto del artículo 30, que regula las excepciones a la obligación de mantener un Registro de Actividades de Tratamiento.
Mediante este documento se da respuesta a la comunicación remitida por la Comisión el pasado 6 de mayo, en la que se detallaba cómo se proponía la introducción de las modificaciones de dicho precepto.
Así, la Comisión planteaba la ampliación de la excepción prevista en el citado apartado (mediante la cual las empresas de menos de 250 empleados no están obligadas a llevar un Registro de Actividades del Tratamiento, salvo que el tratamiento pueda entrañar un riesgo para los derechos y libertades de los interesados, no sea ocasional o incluya categorías especiales de datos indicadas en el artículo 9.1 o 10 del RGPD) para que también resultase de aplicación a “empresas de pequeña y mediana capitalización” como, por ejemplo, compañías con menos de 500 empleados y un determinado volumen de negocio anual o a organizaciones sin ánimo de lucro con menos de 500 trabajadores. No obstante, en todo caso, la obligación de mantener estos registros seguiría siendo necesaria en aquellos casos en los que se produzcan tratamientos “de alto riesgo”, con independencia del tamaño del responsable.
Si bien ambos organismos europeos manifiestan que esta iniciativa puede ser favorable, la misma no debe menoscabar el cumplimiento del resto de obligaciones previstas en el RGPD por parte de los responsables y encargados del tratamiento. En relación con ello, se insta a la Comisión Europea a realizar un análisis que permita evaluar cómo este cambio podría afectar a las compañías (y cuántas se verían beneficiadas), lo que permitiría determinar si la propuesta garantiza un equilibrio justo entre la protección de datos y los intereses de las organizaciones con menos de 500 empleados.
Puede acceder al documento conjunto emitido por ambos organismos europeos aquí.