En la newsletter del mes pasado se informaba de que el 2 de diciembre de 2024 entraba en vigor el Real Decreto 933/2021, de 26 deoctubre, por el que se establecen las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje, debiendo estas recabar un número elevado de datos de sus huéspedes y de las reservas efectuadas para llevar a cabo un registro informático y para su comunicación a las autoridades competentes.
Asimismo, se ponía de manifiesto que esta normativa generó un notable malestar en el sector hotelero y de agencias de viajes en el territorio nacional. Pues bien, no ha transcurrido siquiera un mes desde la entrada en vigor de dicho Real Decreto, y ya se ha informado de que Iustitia Europa ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional por el que, adicionalmente, solicita la suspensión cautelar de la aplicación de esta normativa, por cuanto se considera quesu ejecución y el cumplimiento de las obligaciones que se recogen en la misma podría suponer un perjuicio irreparable para los derechos fundamentales de los ciudadanos, al ser unas medidas desproporcionadas que vulneran la normativa de protección de datos.