La AEPD ha sancionado con 1.200 euros —tras reducción desde los 2.000 euros iniciales— a un menor por crear y difundir imágenes manipuladas con inteligencia artificial en las que aparecían rostros reales de menores asociados a cuerpos desnudos ajenos. El expediente sancionador se incoó tras recibirse alertas mediáticas sobre la creación y difusión de dichas imágenes.
La resolución identifica al menor como responsable del tratamiento de datos personales, dado que no contaba con base legal ni consentimiento para utilizar las imágenes, lo que vulnera el artículo 6.1 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La conducta fue calificada como infracción muy grave, agravada por afectar a menores, quienes gozan de protección reforzada en materia de datos personales.
Además de la sanción administrativa, el suceso ha sido objeto de procedimientos judiciales por vía penal. En concreto, los juzgados competentes declararon responsables a varios menores por delitos de pornografía infantil y contra la integridad moral, imponiendo medidas como libertad vigilada y programas formativos sobre uso de tecnologías, igualdad y protección a menores.
Este caso representa la primera sanción de este tipo en España por el uso ilícito de IA para generar y difundir imágenes íntimas de menores sin su consentimiento. Refuerza la exigencia de cumplimiento estricto de las normas de protección de datos, especialmente ante el uso de tecnologías emergentes, y evidencia la necesidad de responsabilidad penal y administrativa cuando se vulneran derechos fundamentales.
Puede acceder a la resolución sancionadora aquí.

