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Publicación de la declaración del EDPB sobre el papel de las autoridades de control en materia de protección de datos en el marco de la Ley de Inteligencia Artificial

Afirma el organismo europeo que, habida cuenta de los objetivos que tiene la Ley de Inteligencia Artificial, esta normativa, así como la legislación vigente en materia de protección de datos, deben interpretarse conjuntamente y coherentemente y considerarse “instrumentos complementarios que se refuerzan mutuamente”.  

En relación con lo anterior, afirma el organismo europeo que las autoridades de control (como, por ejemplo, la AEPD) tienen “experiencia y conocimientos especializados a la hora de abordar el impacto de la IA en los derechos fundamentales”, motivo por el que, en determinadas circunstancias, deberían ser designadas como Autoridades de Vigilancia del Mercado en relación con esta materia (autoridades públicas encargadas de aplicar esta normativa sobre IA). Esta decisión permitiría garantizar una mayor coordinación entre las diferentes autoridades ya existentes, incrementando la seguridad jurídica y reforzando el control de la aplicación de la Ley de IA, así como de la normativa de protección de datos.

A la vista de todo lo anterior, el EDPB recomienda, entre otras cuestiones, lo siguiente:

  • Las autoridades de control deben constituirse como Autoridades de Vigilancia del Mercado “para los sistemas de IA de alto riesgo utilizados para la aplicación de la ley, la gestión de fronteras, la administración de justicia y los procesos democráticos”;
  • Se debe evaluar la posibilidad de nombrar a estas autoridades también para otros sistemas de IA de alto riesgo (sobre todo si dichos sistemas pueden afectar a tratamientos de datos personales); 
  • Cuando una autoridad de control sea designada como Agencia de Vigilancia del Mercado, debe ser utilizada como punto de contacto único, facilitando las interacciones entre los distintos organismos que se ven afectados tanto por la Ley de IA como por la legislación en materia de protección de datos;
  • Deben regularse procedimientos para la cooperación entre las Agencia de Vigilancia del Mercado y las demás autoridades encargadas de la supervisión de los sistemas de IA. Y ello es así debido a que la implementación de estos sistemas de cooperación puede permitir evitar las distintas incoherencias entre las decisiones adoptadas por diferentes autoridades y organismos.

Puede acceder a la declaración del organismo europeo aquí.

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