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Francia: el Conseil d’État reduce a 15 M€ la sanción de la CNIL a Amazon por monitorización en almacenes y acota el estándar de proporcionalidad en la monitorización laboral

3) Francia- el Conseil d’État reduce a 15 M€ la sanción de la CNIL a Amazon por monitorización en almacenes y acota el estándar de proporcionalidad en la monitorización laboral

El Conseil d’État, mediante resolución de 23 de diciembre de 2025, ha revisado parcialmente la sanción impuesta por la autoridad francesa de protección de datos (CNIL) a Amazon France Logistique por el uso de sistemas de monitorización del desempeño y la actividad de sus trabajadores en los centros logísticos. El alto tribunal administrativo ha reducido la multa inicialmente impuesta por la CNIL, fijándola definitivamente en 15 millones de euros, y ha introducido matizaciones relevantes en el razonamiento jurídico aplicado por la autoridad de control.

El procedimiento tenía su origen en el uso intensivo por parte de Amazon de herramientas tecnológicas destinadas a medir de forma continua la productividad, los tiempos de ejecución y el rendimiento individual de los empleados, a través de indicadores y métricas automatizadas. La CNIL consideró que estos sistemas constituían un tratamiento de datos personales excesivo, contrario a los principios de minimización, limitación de la finalidad y, especialmente, de necesidad y proporcionalidad en el ámbito laboral, imponiendo una sanción de elevada cuantía.

El Conseil d’État, sin embargo, sin negar la existencia de infracciones ni la legitimidad de la intervención de la CNIL, ha llevado a cabo un análisis más matizado del contexto operativo de la empresa. El tribunal reconoce que, en entornos logísticos de gran escala, altamente automatizados y con exigencias estrictas de organización y seguridad, el uso de determinados sistemas de seguimiento del desempeño puede responder a finalidades legítimas de gestión, planificación y prevención de riesgos, siempre que se apliquen con límites claros y garantías adecuadas.

Desde el punto de vista jurídico, el interés de la sentencia reside en que el Conseil d’État no avala de forma acrítica el enfoque de la CNIL, sino que recuerda que el juicio de proporcionalidad debe realizarse atendiendo a las circunstancias concretas del sector, al tipo de actividad y a las medidas de salvaguarda efectivamente implantadas. El tribunal cuestiona algunos elementos del razonamiento sancionador, en particular aquellos que equiparaban cualquier forma de medición sistemática del rendimiento a un control desproporcionado per se, sin un análisis suficientemente diferenciado de las finalidades y del impacto real sobre los derechos de los trabajadores.

No obstante, la resolución no supone una validación general de los sistemas de vigilancia intensiva en el trabajo. El Conseil d’État confirma que la monitorización continua, automatizada y orientada a la evaluación individual puede generar riesgos elevados para los derechos y libertades de los empleados, especialmente cuando produce efectos disciplinarios indirectos, presión psicológica o falta de transparencia. En este sentido, el tribunal mantiene la exigencia de informar adecuadamente a los trabajadores, limitar la granularidad de los datos recogidos, evitar finalidades ocultas y documentar de forma rigurosa el análisis de proporcionalidad.

Para las empresas, y en particular para aquellas que operan en sectores intensivos en métricas, productividad y control operativo, esta sentencia ofrece una enseñanza clave: el uso de tecnologías de seguimiento no está prohibido en sí mismo, pero exige un diseño extremadamente cuidadoso desde la perspectiva de protección de datos y derecho laboral. La resolución pone de relieve que las autoridades de control seguirán siendo estrictas, pero que los tribunales están dispuestos a revisar y modular las sanciones cuando el análisis no tenga suficientemente en cuenta la complejidad organizativa y técnica de determinadas actividades.

En definitiva, el fallo del Conseil d’État aporta una referencia relevante para el equilibrio entre eficiencia empresarial y derechos fundamentales en el trabajo, subrayando que la proporcionalidad no es un concepto abstracto, sino un juicio contextual que debe apoyarse en pruebas, garantías y una gobernanza del dato sólida y documentada.

Sentencia: https://www.conseil-etat.fr/fr/arianeweb/CE/decision/2025-12-23/492830

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