En Enero de 2005 se aprobó el Real Decreto 54/2005, sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales, que impuso una serie de obligaciones nuevas en relación con esta materia.
Entre ellas figura la revisión anual por un experto externo de los procedimientos y órganos de control interno desarrollados por los sujetos obligados en lo referente a estos aspectos.
El hecho de que los trabajos de revisión se lleven a cabo por personas particularmente cualificadas en la materia resulta importante, pues el Real Decreto 54/2005 y las disposiciones posteriores, en especial la Ley 10/2010, que actualiza e incrementa las obligaciones de los sujetos obligados, exige que en el informe del experto externo se incluya como anexo una descripción detallada de la trayectoria profesional del experto que lo redacta, que debe ser adecuada y suficiente para el desempeño de dicha función. El experto externo debe figurar en el listado autorizado por el SEPBLAC y debe comunicar a este organismo público la relación de empresas cuyo sistema de prevención ha sido objeto de revisión.
Xiquena está constituida por un grupo de profesionales altamente cualificados y con una amplísima experiencia, lo que permite ofrecer a sus clientes un servicio de primera calidad, tanto en el aspecto de la consultoría de prevención de blanqueo como en la revisión externa que impone la normativa y asegura un alto grado de eficacia en la prestación de nuestros servicios, que comprende la totalidad de los requerimientos legales en materia de prevención del blanqueo, apoyo en el establecimiento de las políticas y procedimientos y en el nombramiento de los órganos responsables, la formación anual que debe darse a los miembros de la plantilla y la obligada revisión anual a que deben someterse los sujetos obligados, así como la asistencia en procedimientos administrativos y contencioso-administrativos en materia de prevención del blanqueo.